miércoles, 24 de abril de 2024

Deberes y Derechos

Deberes de los Clientes

  • Cumplir con lo establecido en los reglamentos y más disposiciones legales le sean de aplicación.
  • Observar el orden, la limpieza, el cuidado de los medios y la disciplina social en las agencias y a bordo del medio de transporte.
  • Verificar que el boleto de pasaje corresponda con el medio de transporte solicitado, destino, día y hora en que desea viajar y al dorso esté reflejado el cuño de la agencia y fecha de expedición.
  • Portar durante el viaje, el boleto de pasaje correspondiente, con su identificación personal, es decir, carné de identidad, tarjeta de menor, carné militar, carné de residente permanente, pase de recluso, pase de empleado y pasaporte.
  • Embalar y ubicar su equipaje, conforme a los requisitos establecidos al respecto.
  • No viajar solos los menores de 15 años de edad en ningún medio de transporte.
  • En trenes, ómnibus y salas de espera de las estaciones y agencias, no sintonizar radios o utilizar grabadoras portátiles u otros equipos semejantes con elevado volumen de intensidad, así como no usar instrumentos musicales.
  • No sentarse en los espaldares y brazos de los asientos en las agencias, ómnibus y coches o colocar los pies y bultos sobre los mismos.
  • No transportar como equipaje en los coches de pasajeros o ómnibus los siguientes productos con infracción o disposiciones higiénicas sanitarias dictada por el organismo competente:
  • Animales vivos
  • Productos alimenticios de fácil descomposición.
  • Sustancias tóxicas, inflamables, explosivas, radioactivas, corrosivas y químicas.
  • Objetos que puedan perjudicar o ensuciar a pasajeros y sus pertenencias.
  • No ingerir bebidas alcohólicas ni en los salones de espera ni el medio de transporte.
  • No fumar en los salones de agencias, ni en los medios de transporte.

 

Derechos de los clientes

  • Adquirir boletos de pasajes sin borrones, enmiendas ni tachadura con los datos y números de asientos correctamente reflejados.
  • Llevar consigo el equipaje de mano o despacha por un peso no mayor a 22kg gratuitamente en ferrocarriles y 20Kg por ómnibus.
  • Despachar el equipaje que no tenga la clasificación precedente de los trenes con servicio de expreso.
  • Viajar en el medio de transporte para el cual adquirió el boleto de pasaje y ocupar el asiento reservado.
  • Recibir en las agencias los servicios establecidos y la información necesaria.
  • Recibir el reintegro de la diferencia cuando las pérdidas de los requisitos de la calidad del servicio motiven un cambio de la categoría de este.
  • Exigir de los empleados de las agencias el mejor trato y atención posible.
  • Tener prioridad para adquirir pasaje, cuando se trate de un “caso especial”.
  • Ser indemnizados por pérdidas o averías de equipaje según se dispone en la Resolución No. 172/2000.
  • Recibir la bonificación establecida en los casos que corresponda.
  • Conocer sus deberes y derechos.
  • Desistir de realizar su viaje y recibir el reintegro que corresponde del valor total del boleto adquirido.

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